| Autor | Respuestas |
|---|---|
| fresi | # Posted on 8 noviembre, 2012 at 14:23 |
|
b) Si existe la institución de la separación civil, nunca es lícito pedir el divorcio, aunque la sentencia del juez eclesiástico fuera de separación perpetua: de otra manera, se haría prácticamente imposible la reconciliación, a la que quizá más adelante se estaría obligado, y se causaría grave escándalo. c) Si en la legislación civil no se contempla la separación temporal, sino sólo el divorcio, se podría recurrir a él en casos de extrema necesidad: - si la sentencia eclesiástica es de separación perpetua, o si se trata de hecho de una separación definitiva; Como es lógico, el vínculo permanece y no se puede contraer nuevo matrimonio, porque sería inválido. La estabilidad de la vida familiar es un bien muy importante para la sociedad. Por esto, aunque a veces puedan existir situaciones en las que la separación canónica e incluso el divorcio civil sean lícitos para el cónyuge inocente, éste debe poner antes todos los medios a su alcance, sobrenaturales y humanos para que cambien las circunstancias y no sea necesario llegar a tales extremos, que siempre originan otros males. |
|
La iglesia católica: La separación de los cónyuges
› Foros › GRANDES TEMAS EN DEBATE › LOS DIEZ MANDAMIENTOS › La iglesia católica: La separación de los cónyuges


